Editado por Cristóbal Castillo Morales. ISSN 2660-549X. Registrado en la Propiedad Intelectual de la Junta de Andalucía número 04/2021/4191
En el siguiente enlace tenéis la unidad en la que se trata el IVA y su contabilidad.
En los siguientes vídeos tenéis un resumen de cómo realizar la contabilidad del IVA y cómo realizar las liquidaciones trimestrales de IVA. Se trata de una información muy útil para afrontar los ejercicios que os propongo a continuación.
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. En el ámbito empresarial, su correcta gestión no solo tiene implicaciones fiscales, sino también contables. Desde el punto de vista contable, el IVA no constituye un gasto o ingreso para la empresa, sino un impuesto que se repercute a los clientes y que, a su vez, la empresa soporta en sus compras y gastos. Por tanto, su tratamiento contable debe reflejar fielmente el papel de la empresa como recaudadora del impuesto para Hacienda.
1. Naturaleza contable del IVA
El IVA se clasifica como una cuenta de pasivo corriente o acreedor (cuando se repercute a clientes) y como una cuenta de activo corriente o deudor (cuando se soporta en compras y gastos). El objetivo contable es reflejar la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado, que será la cantidad a ingresar o a compensar en la correspondiente declaración periódica (modelo 303, generalmente mensual o trimestral).
2. Cuentas contables implicadas (según el PGC)
(472) Hacienda Pública, IVA soportado
Recoge el IVA deducible en las compras de bienes y servicios.
(477) Hacienda Pública, IVA repercutido
Recoge el IVA que la empresa cobra a sus clientes en las ventas de bienes y servicios.
(4750) Hacienda Pública, acreedora por IVA
Refleja la deuda con Hacienda en el momento de realizar la liquidación del impuesto.
(4700) Hacienda Pública, deudora por IVA
En caso de que el resultado sea a compensar, se utiliza esta cuenta.
3. Registro contable de operaciones
a) Compras con IVA soportado deducible
Cuando la empresa realiza una compra de mercaderías por 1.000 € + 21 % de IVA (210 €):
b) Ventas con IVA repercutido
Si la empresa vende por 2.000 € + 21 % de IVA (420 €):
4. Liquidación del IVA
Al final del período (mensual o trimestral), se calcula la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado. Supongamos:
IVA repercutido: 5.000 €
IVA soportado: 3.500 €
Resultado: 1.500 € a ingresar a Hacienda
Asiento de liquidación:
Posteriormente, cuando se paga a Hacienda:
5. Casos especiales contables
IVA no deducible (por ejemplo, en gastos de representación o vehículos de turismo de uso mixto): se contabiliza como mayor coste del bien o gasto.
Operaciones exentas: no generan derecho a deducción de IVA soportado, y deben reflejarse correctamente según su naturaleza fiscal y contable.
Regímenes especiales: en actividades como la agricultura (régimen especial de compensación) o recargo de equivalencia, se aplican criterios específicos en la contabilización del impuesto.
6. Control interno y conciliación
Desde el punto de vista contable y de gestión empresarial, es imprescindible:
Conciliar periódicamente las cuentas (472) y (477) con las declaraciones presentadas.
Registrar el IVA correctamente según los criterios de devengo y deducibilidad.
Controlar los libros de IVA y verificar que coincidan con los datos contables y fiscales.
Conservar las facturas emitidas y recibidas como justificantes ante Hacienda.
En el siguiente cuadro tenéis, de forma resumida, los diferentes tipos de IVA aplicables.
Respecto al IVA de la luz, tenéis que saber que se ha producido una modificación temporal en 2021 debido a la subida del precio del KWh y siempre hasta el 31/12/2021.
Cuando el precio de compra-venta sea elevado (por encima de los 45€ por MWh) se aplica el IVA del 10%. Si el precio de la electricidad en el mercado mayorista baja de ese valor, el precio del IVA de la luz volvería a ser del 21%, independientemente de la potencia contratada que tengas.
Liquidando el primer trimestre.
En este vídeo muestro como liquidar un primer trimestre de IVA.
Liquidando el segundo y tercer trimestre.
En este vídeo, continuando con el anterior, muestro como seguir liquidando el IVA del segundo y tercer trimestre.
Liquidando en cuarto trimestre.
En este vídeo os muestro como liquidar el IVA en el cuarto trimestre. De esta manera completaríamos la liquidación del IVA en un ciclo contable con 4 trimestres.
Operaciones sujetas, no sujetas y exentas.
Ejercicio de liquidación del IVA en la web de la Agencia Tributaria
En el siguiente enlace tenéis un ejercicio propuesto y resuelto en la propia web de la Agencia Tributaria.
👉 Cómo rellenar el Modelo 303 de IVA Paso a Paso en 2024 ✅