Editado por Cristóbal Castillo Morales. ISSN 2660-549X. Registrado en la Propiedad Intelectual de la Junta de Andalucía número 04/2021/4191
Obligaciones Formales: Declaración Censal, IAE y Operaciones de Constitución de la Empresa
En esta última parte de la Unidad 10, nos centraremos en un conjunto de obligaciones fiscales y contables que, si bien no tienen una periodicidad tan marcada como otras declaraciones, resultan esenciales en momentos clave del ciclo de vida de una empresa, especialmente en su fase inicial. Nos referimos a la declaración censal (modelos 036 y 037), al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), y al procedimiento contable de las operaciones de constitución.
En primer lugar, trabajaremos el modelo 036, que es la declaración censal general mediante la cual una empresa o autónomo comunica a la Agencia Tributaria el inicio de su actividad económica. Este modelo también se utiliza para comunicar modificaciones relevantes (cambios de domicilio fiscal, inclusión en regímenes especiales, etc.) o el cese de la actividad. Para determinados contribuyentes, existe una versión simplificada, el modelo 037, que permite cumplir con las mismas obligaciones de forma más ágil, siempre que se cumplan ciertos requisitos. A lo largo de la unidad, analizaremos qué información se recoge en estos modelos, en qué momentos deben presentarse y qué implicaciones tienen para el alta y la gestión tributaria de la empresa.
En segundo lugar, abordaremos el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), un tributo que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio español. Aunque muchas pequeñas y medianas empresas están exentas de su pago por razón de facturación, la obligación censal de darse de alta en el epígrafe correspondiente sí se mantiene. Estudiaremos el funcionamiento del impuesto, la clasificación de actividades y el procedimiento de alta o modificación en el censo del IAE.
Por último, completaremos esta unidad con el estudio del procedimiento contable de las operaciones de constitución de una empresa, una temática que, si bien pertenece a la contabilidad, guarda una estrecha relación cronológica y funcional con la presentación de la declaración censal y el alta en el IAE. Analizaremos cómo se registran contablemente las aportaciones iniciales de los socios, los gastos de constitución, la formalización del capital social y los primeros actos administrativos de la sociedad.
De este modo, cerraremos la Unidad 10 con una visión global e integrada de las principales obligaciones fiscales iniciales y su reflejo contable, preparándoos no solo para su correcta aplicación, sino también para comprender su papel dentro del marco legal y operativo de la actividad empresarial.
Unidad 10 - Las obligaciones fiscales - IAE - 036 - Las operaciones de constitución
Autor: Cristóbal Castillo Morales (profesor de Administración de Empresas).
El Modelo 036 es un formulario oficial utilizado para presentar la declaración censal de alta, modificación o baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores ante la Agencia Tributaria. Es obligatorio para:
Personas físicas o jurídicas que inician una actividad económica.
Aquellos que deseen modificar sus datos fiscales.
Empresas o autónomos que cesan su actividad.
Este modelo permite comunicar el alta en el IAE, las obligaciones fiscales (IRPF, IVA, retenciones, etc.) y datos identificativos relevantes para la Agencia Tributaria.
Deben utilizarlo, entre otros:
Personas físicas o jurídicas que inician una actividad económica.
Entidades no residentes que actúan en España.
Contribuyentes que optan por regímenes especiales de IVA o IS.
Aquellos que quieran solicitar el NIF antes de iniciar operaciones.
Sujetos pasivos que actúen como operadores intracomunitarios.
Contribuyentes que efectúan retenciones o ingresos a cuenta.
El modelo 036 debe presentarse en los siguientes momentos:
Antes del inicio de actividad económica.
Cuando se modifican datos censales, como el domicilio fiscal, la actividad económica, el régimen tributario o el representante.
Al producirse el cese de la actividad.
Puede presentarse:
Telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital o Cl@ve.
Presencialmente en papel (si el obligado no está obligado a la presentación electrónica).
El Modelo 036 se divide en páginas numeradas con casillas que deben marcarse y rellenarse en función del trámite que se desea realizar. Las páginas más relevantes son:
Aquí se debe indicar si se trata de:
Alta: inicio de actividad o incorporación al censo.
Modificación: cambio de datos fiscales, obligaciones, domicilio, etc.
Baja: cese de actividad.
Además, se debe marcar la casilla o casillas correspondientes a las páginas que se van a incluir en la declaración, lo que determina qué partes del modelo hay que cumplimentar.
Aquí se consignan los datos personales o de la empresa:
Nombre, apellidos o razón social.
NIF.
Domicilio fiscal.
Teléfono y correo electrónico.
Representante legal (si lo hay).
También se indica el tipo de entidad: persona física, sociedad, comunidad de bienes, etc.
En esta página se especifica:
Domicilio fiscal en España o en el extranjero.
Si se dispone de establecimientos permanentes, almacenes, locales o lugares de gestión distintos del domicilio fiscal.
Se declara la condición de residente o no residente a efectos fiscales.
Si el Modelo lo presenta una persona distinta del titular (por ejemplo, una gestoría o un apoderado), se debe consignar:
Nombre y NIF del representante.
Relación con el representado.
Tipo de poder o representación (legal o voluntaria).
Fecha de otorgamiento del poder.
En esta sección se declaran las actividades económicas que se desarrollarán, indicando:
Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) según la tabla oficial.
Si se trata de una actividad empresarial, profesional o artística.
Lugar de desarrollo: domicilio fiscal, local afecto o fuera de local.
Modalidad del IAE: estimación directa normal, simplificada, objetiva (módulos), etc.
Aquí se establecen las obligaciones en relación con el IVA:
Régimen aplicable: general, simplificado, recargo de equivalencia, agricultura, etc.
Periodicidad de las autoliquidaciones (mensual o trimestral).
Inicio de la actividad a efectos de IVA.
Si se realizan operaciones intracomunitarias.
Si se desea solicitar un NIF-IVA (para operaciones internacionales).
Esta sección solo aplica a personas físicas y entidades en atribución de rentas:
Método de estimación del rendimiento: directa normal, directa simplificada o estimación objetiva.
Obligación de realizar pagos fraccionados (modelo 130 o 131).
Fecha de inicio de la actividad.
Debe marcarse si se realizarán retenciones a terceros:
Por rendimientos del trabajo (si se tienen empleados).
Por rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario.
Por actividades profesionales.
Por premios, cesiones de derechos de imagen, etc.
Esto implica presentar modelos como el 111, 115, 123, entre otros.
Aquí se indican:
Alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para obtener el NIF-IVA (necesario para comprar o vender en la UE sin IVA).
Inclusión en el régimen especial del criterio de caja.
Inclusión en el régimen de grupo de entidades o en el régimen especial de servicios digitales.
Solo se rellenan si:
Se desea presentar documentación adicional.
Existen más de dos actividades económicas.
Hay más de un local o establecimiento.
Alta: antes del inicio efectivo de la actividad.
Modificación: dentro del plazo de un mes desde que se produzca el cambio.
Baja: dentro del mes siguiente al cese.
Telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT (mediante certificado digital o Cl@ve).
Presencialmente en la delegación de Hacienda correspondiente (solo si el obligado no está obligado a relacionarse electrónicamente con la AEAT).
El Modelo 037 es una versión abreviada del 036, destinada exclusivamente a personas físicas residentes que cumplan ciertos requisitos, como no actuar por medio de representante ni desarrollar operaciones intracomunitarias.
Tener claros todos los datos censales antes de comenzar a rellenar el modelo.
Consultar los epígrafes correctos del IAE en la web de la AEAT.
Utilizar el asistente censal de Hacienda para facilitar el proceso.
Guardar una copia del modelo presentado y el justificante electrónico.